Sanitario
Nulidad de cancelación de Registro Sanitario
Una de las empresas farmacéuticas más importantes en México se dedica a la innovación, desarrollo y fabricación de medicamentos.
La empresa solicita la prórroga del registro sanitario, sin embargo, la COFEPRIS declara la cancelación del registro sanitario, bajo el argumento de que la renovación del registro requería ciertas pruebas de control que no habían sido presentadas y que la nueva regulación exigía.
Lo anterior impedía a la empresa comercializar el producto probablemente durante años.
Se acude al juicio de nulidad y se logra obtener primero una medida cautelar por haberse acreditado de manera preliminar la configuración de la afirmativa ficta.
En cuanto al fondo, se resuelve declarar la nulidad de la resolución de cancelación del registro sanitario por haber operado la afirmativa ficta y se ordena a la Cofepris emitir el oficio de prórroga con una vigencia de cinco años a partir de su expedición.

